Urumal, Crónica de un Ecocidio Anunciado
lunes, 23 de octubre de 2017
lunes, 20 de febrero de 2017
Fin de mundo
Se comete un ECOCIDIO en un Parque Nacional, el Estado es el agraviado, pero dispone de un bufete de abogado para que defienda a "Los Infractores", el mundo al revés.
No hay que olvidar esta cosa horrorosa que pasó en La Azulita hace casi 8 meses.
https://www.youtube.com/watch?v=TzKCA8fy45s
https://www.youtube.com/watch?v=RSRK40HkN8Q
Y hay más, lo que quieren hacer ahora es PEOR, perforar la montaña con un super proyecto multimillonario.
Seguiremos informando sobre estos acontecimientos en pleno desarrollo.
No hay que olvidar esta cosa horrorosa que pasó en La Azulita hace casi 8 meses.
https://www.youtube.com/watch?v=TzKCA8fy45s
https://www.youtube.com/watch?v=RSRK40HkN8Q
Y hay más, lo que quieren hacer ahora es PEOR, perforar la montaña con un super proyecto multimillonario.
Seguiremos informando sobre estos acontecimientos en pleno desarrollo.
viernes, 6 de enero de 2017
6 meses y nada de nada
El 30 de diciembre se cumplieron 6 meses de este desastre, este año seguiremos insistiendo en que hechos así no se repitan.
Para que no se olviden de lo que pasó aquí les dejo estos videos.
https://www.youtube.com/watch?v=TzKCA8fy45s&t=1413s
https://www.youtube.com/watch?v=RSRK40HkN8Q&t=1s
https://www.youtube.com/watch?v=A7o38Pvs_fE&t=15s
Seguimos a la espera de respuestas decentes a nuestras solicitudes, ojalá que el nuevo ministro de Ecosocialismo y Agua, Coronel de la Aviación, experto en Meteorología y en Gerencia Ambiental Ramón Celestino Velazquez nos eche una mano o dos.
Para que no se olviden de lo que pasó aquí les dejo estos videos.
https://www.youtube.com/watch?v=TzKCA8fy45s&t=1413s
https://www.youtube.com/watch?v=RSRK40HkN8Q&t=1s
https://www.youtube.com/watch?v=A7o38Pvs_fE&t=15s
Seguimos a la espera de respuestas decentes a nuestras solicitudes, ojalá que el nuevo ministro de Ecosocialismo y Agua, Coronel de la Aviación, experto en Meteorología y en Gerencia Ambiental Ramón Celestino Velazquez nos eche una mano o dos.
miércoles, 16 de noviembre de 2016
A casi 5 meses de este desastre, no ha pasado nada
Desde esta tragedia ambiental ocurrida entre el 20 y el 24 de junio, hecha pública y notoria el día 30 de junio, han pasado casi 5 meses, es cierto que se creó el Consejo de Gestión Ambiental Municipal, pero realmente, lo verdaderamente importante no ha ocurrido, por eso volvimos a recurrir a las instancias que pueden decirnos por qué 1. No han liberado las aguas, 2. No han inhabilitado la carretera, 3. No han reforestado.
Para recordar que fue lo que pasó los invito a ver estos videos :
https://www.youtube.com/watch?v=TzKCA8fy45s&feature=youtu.be
https://www.youtube.com/watch?v=RSRK40HkN8Q
Para recordar que fue lo que pasó los invito a ver estos videos :
https://www.youtube.com/watch?v=TzKCA8fy45s&feature=youtu.be
https://www.youtube.com/watch?v=RSRK40HkN8Q
viernes, 28 de octubre de 2016
Ordenanza para la Coordinación de la Gestión Ambiental en el Municipio Andrés Bello del Estado Bolivariano de Mérida
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
MUNICIPIO ANDRÉS BELLO
LA AZULITA- MÉRIDA
ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA
El Concejo
Municipal del municipio Andrés Bello del estado Bolivariano de Mérida, en uso
de las facultades conferidas en los artículos 175 y 178 (numeral 4) de la
Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y 27 de la Constitución
del Estado Bolivariano de Mérida, en el ejercicio de las atribuciones
establecidas en los artículos 3, 4 (numerales 5 y 6); 52; 56 (Numeral 2, literal
d), 69, 90, 258 y 265 de la Ley Orgánica del Poder Público Municipal; 4, 5, 12
y 17 de la Ley Orgánica de Seguridad de
la Nación; en concordancia con lo dispuesto en los artículos
10, 11, 12, 15, 16, 17 y 20 de la Ley Orgánica del Ambiente, dicta la
siguiente,
ORDENANZA PARA LA COORDINACIÓN DE LA GESTIÓN AMBIENTAL
EN EL MUNICIPIO ANDRÉS BELLO DEL ESTADO BOLIVARIANO DE MÉRIDA.
Articulo 1. La
presente ordenanza tiene por objeto, establecer los principios básicos para la
gestión coordinada del ambiente en el marco del desarrollo sustentable urbano y
rural, a los fines de salvaguardar, conservar y mejorar la calidad de vida en
la jurisdicción del Municipio Andrés Bello, llevando a
cabo acciones que coadyuven en el fomento y desarrollo de una cultura ecológica
de los asentamientos humanos, sus hábitat y áreas de influencia.
Articulo 2. Para
alcanzar el objeto de la presente ordenanza se crea el “Consejo de Gestión Ambiental
Municipal”, que tendrá como finalidad establecer las bases para la gestión
coordinada de los organismos nacionales, estadales y municipales, con el
propósito de hacer cumplir las normas legales y disposiciones técnicas
establecidas en el ordenamiento jurídico ambiental vigente.
Articulo 3. El
Consejo de Gestión Ambiental Municipal, será presidido por el Alcalde o
Alcaldesa del Municipio Andrés Bello, o en quien delegue su representatividad y
estará conformado por dos representantes del Concejo Municipal, un
representante de cada una de las instituciones nacionales, estadales y
municipales con competencia en las áreas de salud, educación, ambiente, parques
nacionales, guardería ambiental, gestión integral de riesgos, agricultura,
Tribunal Superior Agrario, Ministerio Público; y la participación del Poder
Popular.
Articulo 4. Son competencias del Consejo de Gestión
Ambiental Municipal:
1.
Cumplir y hacer
cumplir lo previsto en el artículo uno
de la presente ordenanza.
2.
Servir como
órgano de coordinación con los organismos nacionales, estadales y municipales en
las materias de su competencia.
3.
Controlar las actividades que se llevan a cabo
en el territorio del municipio que puedan afectar negativamente al ambiente.
4.
Planificar y
promover las acciones que conlleven a la revisión y actualización de los planes
de ordenación del territorio y reglamentos de usos de las Áreas Bajo Régimen de
Administración Especial existentes en el municipio.
5.
Coordinar el
control del cumplimiento en el municipio de las normas nacionales sobre
conservación de la biodiversidad y demás componentes abióticos del ambiente.
6.
Mejorar y preservar
la calidad de vida de los habitantes del municipio.
7.
Fomentar el
intercambio de experiencias exitosas en el mejoramiento ambiental que se hayan
implementado en el municipio.
8.
Evitar nuevas construcciones en áreas de
riesgo socionatural, en las zonas protectoras de ríos y otros cuerpos de agua
ubicados en el municipio.
9. Impedir la disposición de desechos sólidos y vertidos líquidos en las
zonas protectoras de cuerpos de agua del municipio, que no cumplan con los
parámetros de calidad establecidos en el Decreto Nº 883 del 11 de octubre de
1995, publicado en Gaceta Oficial 5.021 del 18 de diciembre de 1995 ó el que lo
sustituya.
10. Elaborar y ejecutar un plan de saneamiento de los suelos degradados y
contaminados en el municipio.
11.
Reconocer y fomentar
tanto los saberes como las tradiciones locales, promoviendo la equidad de
género.
12. Promover y ejecutar planes de educación ambiental en todos los niveles y
modalidades del sistema educativo, como también en la educación ciudadana no
formal, en el municipio.
13. Fomentar, promover y garantizar la participación ciudadana en la gestión
ambiental municipal, con el fin de hacer prevalecer el derecho a desarrollarse
en un ambiente sano, seguro y ecológicamente equilibrado, por medio de
mecanismos de consulta pública.
14. Formular y ejecutar planes y programas de Gestión Integral de Riesgos
Socionaturales y Tecnológicos.
15. Promover
la agroecología y consolidar la creación de especializaciones en ésta área en
las escuelas básica, técnicas, liceos y universidades locales, para que los
jóvenes puedan egresar en esa especialidad.
16. Zonificar
y regular los cultivos en las áreas adyacentes a las unidades educativas,
centros de salud, así como en inmediaciones de áreas residenciales y cuerpos de
aguas.
17. Promover el turismo ecológico, como herramienta para conservación y desarrollo
sustentable del Municipio.
18. Establecer
convenios nacionales e internacionales con instituciones en pro del trabajo de
protección al medio ambiente.
19. Utilizar los medios de comunicación para
educar de forma masiva a la colectividad y
establecer líneas de comunicación para denuncias anónimas, así como también
líneas de comunicación social hacia organismos superiores sobre la protección del medio ambiente.
20. Conmemorar
fechas relevantes ambientales con actividades educativas, recreativas y
culturales, para promover la importancia de conservar el medio ambiente y los
recursos naturales.
21. En la elaboración del presupuesto operativo
municipal y el presupuesto participativo proponer la asignación de recursos para proyectos,
planes y programas de conservación ambiental establecidas en el Plan de
Ordenamiento Territorial y en el Consejos de Gestión Ambiental del Municipio Andrés Bello.
Articulo
5.
El Gobierno Municipal en coordinación con el Ejecutivo Nacional, Estadal y las instancias de participación popular,
apoyarán de manera prioritaria a los productores agrícolas de las comunidades
rurales localizados en las partes altas de las cuencas hidrográficas, a los
fines de que éstos lleven a cabo la transformación de sus actividades
agrícolas, aplicando una agricultura sustentable, mediante prácticas agrícolas,
forestales y acuícolas, que permitan asegurar un cambio paulatino y progresivo
hacia una producción sustentable, que conlleve a la reducción de desastres
naturales.
Articulo 6.
La sustentabilidad será el criterio rector en todas las actividades agrícolas,
a fin de lograr el uso racional de los recursos naturales, su preservación y
mejoramiento, cuyos principios, técnicas y prácticas estén orientados a
rescatar los conocimientos ancestrales de conservación y preservación de todos
los componentes naturales, y por ende, producir rubros agrícolas sanos y de
buena calidad.
Artículo
7.
El Gobierno Municipal en coordinación con el Ejecutivo Estadal y las instancias
de participación popular, deberán ser garantes y corresponsables en el
cumplimiento y aplicación, tanto de la presente ordenanza, como de la normativa
legal vigente en materia de conservación de los recursos naturales, todo ello,
a los fines de poder lograr un desarrollo rural integral sustentable.
Artículo
8.
La presente Ordenanza entrará en vigencia a partir de su publicación en la
Gaceta Municipal.
Dada, firmada,
sellada y refrendada en el Salón donde
se celebran las Sesiones del Concejo Municipal Andrés Bello del Estado
Bolivariano de Mérida, en La Azulita a los 21 días del mes de octubre 2016. A
206 años de la Independencia y 157 de la Federación.
Publíquese y Ejecútese.
Lic. Ramón
Rodríguez
Alcalde
del Municipio Andrés Bello
Ing. Jorge
Lobo Abg. Marcia de Quintero
Presidente
del Concejo Municipal Secretaria
del Concejo Municipal.
.
miércoles, 26 de octubre de 2016
Consejo de Gestión Ambiental Municipal, gran logro !
Ayer en la Cámara Municipal de La Azulita, fue juramentada la comisión que conforma el Consejo de Gestión Ambiental Municipal, en una sesión extraordinaria con la participación de instituciones municipales, estadales y nacionales logramos las autoridades por fin se pronunciaran gracias a la insistencia, paciencia y constancia de las comunidades.
La base legal fue la sentencia del TSJ y la medida de protección dela Juez Agrario http://ecocidiolaazulital.blogspot.com/2016/07/documento-completo-del-tribunal-que.html
En lo que reciba la ordenanza, la publico para que todos la conozcan.
La base legal fue la sentencia del TSJ y la medida de protección dela Juez Agrario http://ecocidiolaazulital.blogspot.com/2016/07/documento-completo-del-tribunal-que.html
En lo que reciba la ordenanza, la publico para que todos la conozcan.
viernes, 21 de octubre de 2016
Consejo de Gestión Ambiental Municipal, nuestro mayor triunfo
El próximo martes se juramenta el Consejo de Gestión Ambiental Municipal, considero que éste el mayor logro que hemos obtenido desde que comenzamos esta aventura.
La semana que viene les cuento más.
La semana que viene les cuento más.
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